right 4944558 1920Nueva Constitución y colegiatura obligatoria en el Colegio de Abogados de Chile

Desde que comenzó en Chile el proceso constituyente, que podría decantar en la creación de una nueva Carta Magna, han abierto una serie de debates en los distintos aspectos que contempla la elaboración de una nueva Constitución Política para el país. Y uno de ellos tiene que ver con el ejercicio de la abogacía y los alcances del Colegio de Abogados.

Frente a esto, desde la carrera de Derecho, de la Universidad Autónoma de Chile en Santiago, se realizó un coloquio que convocó a expertos para debatir sobre la relevancia de contar con una colegiatura obligatoria en este gremio en particular.

“La contingencia va poniendo los temas y es siempre muy agradable saber que hay colegas, compañeros de trabajo, profesores tan connotados dispuestos para participar y colaborar en la discusión tan relevante que vivimos como país”, afirmó el Dr. Sebastián Bozzo, Decano de la Facultad de Derecho, al dar la bienvenida a la actividad.

Uno de los primeros en sumarse al debate fue el docente de esta casa de estudios, Dr. Eduardo Jequier, quien comenzó el debate apuntando “a la necesidad o conveniencia de innovar en el régimen que tenemos el día de hoy, de hacer obligatoria la colegiatura para todos los abogados, con miras a ejercer este control ético de la profesión por parte de los colegios. Lo que parece, por lo demás, bastante necesario, dada la gran cantidad de abogados que están jurando todos los años”, precisó.

Entre los expertos invitados a la actividad, quien apoyó la postura y argumentó sus razones para volver a la colegiatura obligatoria fue la Dra. Carmen Domínguez, Consejera del Colegio de Abogados de Chile.

“Aunque la Corte Suprema haya reiterado que el Código de Ética de nuestro Colegio aplica a todos los abogados, colegiados o no, en los hechos, basta con no estar colegiado para en definitiva no estar sometido a ningún control ético. El resultado es que en Chile no existe control ético para 90% de los abogados. El resto puede abusar libremente de su posición superior sobre los clientes, de su manifiesta simetría sin ninguna consecuencia. Y los que están colegiados sólo tienen por gran sanción la expulsión del respectivo colegio, y a nadie parece importarle”, aseveró de manera categórica.

Por su parte, el Dr. Ramón Domínguez Águila también fue tajante en su análisis: “Chile es probablemente el único país que tiene la particularidad que no permite la existencia de una colegiatura obligatoria. Frente a eso, nos dice que la realidad es exactamente contraria en todos los países de tradición jurídica”, añadiendo que “¿querrá decir que en todos esos países se vulnera la declaración universal de los derechos humanos? ¿Que en todos ellos se restringe la libertad de trabajo? No veo cómo el exigir la colegiatura obligatoria podría pudiera significar una limitación a la libertad de trabajo, puesto que para poder trabajar como abogado basta inscribirse”.

Por su parte, el Dr. Hernán Corral planteó que “habría que preguntarse, en todos estos estudios que se hicieron en el Colegio de Abogados, ¿se estudió también el nivel de desempeño ético de los abogados en esos países donde hay colegiación obligatoria? Porque tengo la impresión que esto es un factor distinto, más cultural, que en el fondo hay un individualismo, un exitismo y un hedonismo muy fuerte que no va a ser posible de controlar, ni siquiera por la colegiatura obligatoria”.

Florencio Bernales, también Consejero del Colegio de Abogados, compartió la postura, argumentando que “simplemente me opongo a la colegiatura obligatoria, porque anula la libertad de asociación, la libertad de trabajo y el libre emprendimiento. Para mí eso es suficiente. Quiero invitarlos a hacernos dos preguntas medulares. ¿Por qué debería afiliarme a una entidad para poder ejercer una profesión que estudié, aprobando todos los requisitos y menciones que el Estado de Chile me invoca? ¿Por qué debo pagar cuotas a un gremio para ejercer mi profesión? Hasta hoy, nadie me responde estas preguntas”.

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