Coincidencia en la solidez jurídica de la demanda interpuesta contra Bolivia por el uso de las aguas del río Silala, expresaron los tres especialistas en Derecho Internacional que participaron en el seminario organizado por la Universidad Autónoma de Chile.
La actividad –realizada en el marco de la agenda de Extensión académica de la Facultad de Derecho– convocó al diplomático de carrera y Embajador Fernando Gamboa; al profesor de la Universidad del Desarrollo M.A. Raúl Campusano; y al docente e investigador de la Universidad Autónoma de Chile Dr. Antonio Muñoz.
Campusano explicó que la posición chilena se sustenta en que el río Silala es internacional, que comparten ambos Estados, lo que es consistente con la práctica histórica, las normas de Derecho Internacional positivo y consuetudinario.
“Solo en el último tiempo Bolivia ha cambiado su postura. Ese país sostiene ahora que se trata de un manantial, no un río, y por tanto sobre él no aplican las leyes internacionales sino el Derecho boliviano. El curso de sus aguas por territorio chileno se debe, según La Paz, a que nuestro país lo encauzó artificialmente”, señaló Campusano.
A su juicio, se trata de una demanda “muy acertada, técnica y rigurosa; es la forma de resolver los conflictos internacionales”, haciendo a la vez hincapié en lo improcedente de plantear el retiro de Chile del Pacto de Bogotá suscrito en 1948, que impone a sus firmantes resolver sus conflictos a través de medios pacíficos.
“Chile ha sido sistemático y consistente en recurrir al Derecho internacional y la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia”, recordó.
En ese mismo sentido, el Dr. Antonio Muñoz precisó que la demanda legitima la competencia de La Haya como tribunal internacional en estas materias, “acallando las voces críticas respecto de su competencia”.
“El aprovechamiento de los recursos hídricos ha sido siempre un asunto conflictivo, con mucha dependencia de la situación política de cada país”, dijo. “El Derecho Internacional nos entrega la opción de utilizar la Corte Internacional, y es finalmente el mecanismo al que Chile debe recurrir”.
Sin embargo, planteó la hipótesis de lograr un consenso en América Latina para la creación de un órgano de alcance local, con el mismo estatus, que pueda conocer las reclamaciones de los países de la región.
Por su parte, el Embajador Fernando Gamboa recordó que “la costumbre es un factor que cada vez ha tenido mayor injerencia en las resoluciones adoptadas por tribunales internacionales”, señaló, recordando lo ocurrido con la anterior disputa por el río Lauca y que derivó en el término de las relaciones diplomáticas con La Paz.
“La posición chilena tiene mucha robustez jurídica”, señaló por su parte el Embajador Gamboa. “Si realmente Bolivia no logra demostrar su tesis, la postura chilena acerca del uso común de aguas internacionales debiera ser aceptada finalmente por la Corte”, aseguró.