En la misma semana en que el Gobierno anunciaba la actualización de su plataforma “No Molestar” –cuya finalidad es darle al consumidor el control para negarse a comunicaciones de marketing– el Ministerio de Educación hace noticia con el envío masivo de correos electrónicos de proselitismo a favor del proyecto de ley conocido como “Admisión Justa”.

La contradicción interna de este caso es casi irrisoria. Por un lado ,se busca proteger los derechos de los consumidores para enfrentar el spam publicitario que se genera con bases de datos cada vez más refinadas. Por el otro, el Gobierno emplea los datos del sistema de admisión escolar con el objeto de avanzar su posición política frente a la opinión pública.

No está demás reiterar que el spam del Gobierno es ilegal, tal como lo han manifestado algunos expertos organizaciones de la sociedad civil. Es cierto que el Estado cuenta con una autorización general para el tratamiento de datos personales, en el marco de las competencias de los organismos públicos. Pero dicha autorización general no da para todo (menos cuando la base de datos contiene información personal de menores de edad). En el caso del sistema de admisión escolar, la política de privacidad declara expresamente que los datos serán utilizados “exclusivamente para fines asociados a la postulación y resultados, siendo únicamente registrados y procesados para el análisis estadístico y anónimo de los tráficos de información”. Por lo tanto, no cabe duda que el publicidad de Gobierno ha violado la finalidad establecida en los mismos términos de la política de privacidad.

Pero incluso más: el manejo de bases de datos para servicios de la Administración –como la provisión de educación– no puede ser estratégicamente utilizada para favorecer una agenda de gobierno en particular, sin que ello implique sacrificar la neutralidad del Estado en la garantía de un derecho fundamental. El poder de la información no puede constituir una ventaja que asimétricamente distorsione nuestra deliberación sobre la política pública de educación.

En este contexto de uso y abuso de datos personales, el Mineduc no ha hecho más que cometer errores. Coetáneamente, la Ministra tuiteó la imagen de un menor y una cita textual de éste a favor de la idea de mérito en la selección escolar. Si ya políticamente era cuestionable el uso de menores en un debate como este, la cuestión escaló a otras violaciones de datos personales. Mineduc argumentó que se había recogido el consentimiento del padre para dicho uso comunicacional, ¡divulgando públicamente su carnet de identidad! El padre negó que el consentimiento brindado fuese para tales fines: sólo se recabó para divulgar una reunión de estudiantes destacados. Su uso comunicacional, nuevamente, violaba la finalidad del tratamiento de datos. Y cuando Mineduc intentó justificarse, divulgó datos personales del padre, sin su autorización, y exponiéndolo indebidamente. El error fue de tal magnitud que el tuit de la Ministra ya ha sido borrado.

Durante el 2018 se reformó la Constitución para garantizar el derecho fundamental a la protección de de los datos personales, pero la expectativa asociada al derecho dista de ser materializada. El Estado y sus órganos son los primeros que tienen que cumplir con la Constitución y respetar los derechos de las personas. El triste ejemplo de Mineduc debiese servir para una revisión exahustiva de los procedimientos y decisiones que comprometen la información personal de todos nosotros. El proyecto de ley que se discute en el Senado es la oportunidad perfecta para clausurar el abuso de nuestros datos.  

Fuente: La Tercera

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